PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente es un organismo público
descentralizado del Estado mexicano, no sectorizado, con autonomía técnica
funcional y de gestión, que se especializa en materia tributaria, con el fin de
proporcionar de forma gratuita, ágil y sencilla los servicios de asesoría y
consulta fiscal así como defensoría y representación legal, de igual manera
conoce de los procedimientos de queja o reclamación contra actos de las
autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, también conocida por su
acrónimo Prodecon, surgió mediante decreto legislativo que dio origen a su Ley
Orgánica, el 4 de septiembre de 2006. Posteriormente el 4 de octubre del mismo
año, el entonces Procurador General de la República Daniel Francisco Cabeza de
Vaca, promovió acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación en contra de los artículos 5o., fracción VII, 9o., párrafos
primero y segundo, y 12 fracción II, de la Ley Orgánica de la Procuraduría de
la Defensa del Contribuyente, misma que fue resuelta el 16 de mayo de 2008, por
lo que la Ley fue publicada con sus últimas reformas el 7 de septiembre de
2009.
Las atribuciones de la Procuraduría
de la Defensa del Contribuyente así como la actuación de los funcionarios que
la integran, se rigen por el siguiente Marco Jurídico:
·
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
·
Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal
·
Ley
Federal de los Derechos del Contribuyente
·
Ley
Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
·
Lineamientos
que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de
la Defensa del Contribuyente.
La Procuraduría se integra por los
siguientes órganos:
I. El Procurador de la Defensa del Contribuyente;
II. El Órgano de Gobierno de la Procuraduría;
III. Delegados Regionales, y
IV. Asesores jurídicos.
De acuerdo al Artículo 5 de su Ley
Orgánica, Prodecon tiene entre otras, las siguientes facultades:
ü Prestación de los servicios de asesoría y consulta así
como representación legal y defensa gratuitos.
ü Tramitación del procedimiento de que queja.
ü Estudio, Análisis e Identificación de Problemas
Sistémicos.
ü Elaboración de propuestas de modificación a las
disposiciones fiscales ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la
Cámara de Diputados.
ü Elaboración de propuestas al Servicio de Administración
Tributaria para la modificación de sus disposiciones internas con el fin de
mejorar la defensa de los derechos y seguridad jurídica de los contribuyentes
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