Buzón Tributario
El Buzón Tributario es un
servicio que permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, quienes
pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o
documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas.
A la vez, a través de este
canal, el SAT notifica a los contribuyentes actos administrativos, y da
respuesta a solicitudes, promociones o consultas hechas por los contribuyentes.
Lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de
realizar trámites ante el SAT y desee hacerlo con facilidad desde la comodidad
de su casa u oficina.
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Documents/BuzonTributario_guiaregistro_28042016.pdf
¿Qué
necesitamos para acceder al Buzón Tributario?
Como toda herramienta del
SAT, debemos contar con el RFC y contraseña para el acceso a Mi portal, y luego
la Fiel, junto a un Correo electrónico para recibir las alertas.
Cualquier notificación
pendiente, se hace del conocimiento del contribuyente a través de un mensaje
enviado por correo electrónico, en el que se le indica que debe ingresar al
buzón, a efectos de que se le notifique el documento digital que haya emitido
la Autoridad Fiscal.
¿Cuáles
son las ventajas del Buzón Tributario?
• Se le envía un mensaje a su correo electrónico o celular,
indicando que hay un nuevo documento electrónico pendiente de notificar en el
Buzón Tributario.
• Puede verificar que el acto administrativo notificado
electrónicamente fue emitido por el SAT y firmado con Fiel por un funcionario
competente.
• Disminuye costos de traslado.
• Recibe información sobre beneficios y facilidades fiscales.
¿Qué
capacidad tiene el buzón para el envío de la documentación?
Actualmente no hay ningún
límite de capacidad para el envío de documentación. Por esta razón, no importa
el tamaño de los archivos, aunque recomendamos que sean del menor peso posible
para que no se sature la carga.
¿Si
pongo más de un correo electrónico me van a llegar a todos esos correos la
información?
Es correcto, se le hace la
notificación al correo que se tenga registrado y como bien podemos apreciar, si
tiene registrado más de uno, a todos se estaría notificando.
¿Cuándo
entro en vigencia el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario entro en
vigencia obligatoria desde el 30 de junio de 2014 para personas morales y el 1
de enero de 2015 para personas físicas. Sin embargo, hasta tanto no esté en
vigencia la obligatoriedad, los contribuyentes podrán optar voluntaria y
expresamente por recibir notificaciones electrónicas por documento digital a
través del apartado “Notificación Electrónica”, disponible en la página de
Internet del SAT.
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